Incendio | Terremoto | Lluvias e Inundaciones | Terrorismo
Cubre los daños ocasionados directamente por incendio, terremoto, daño malicioso, vandalismo, terrorismo, huelga, conmoción civil, lluvia e inundación, impacto de vehículos y daño por agua entre otros.
Esta póliza tiene como base las declaraciones efectuadas por el asegurado, las cuales se consideran incorporadas en su totalidad a la póliza, junto con cualquier declaración adicional efectuada por el asegurado durante el proceso de apreciación del riesgo por parte de la compañía.
El rubro de incendio es bastante amplio y cubre cualquier daño causado al patrimonio de la empresa. Para esto se contratan diferentes sublímites, los cuales tienen un costo adicional.
Robo por Asalto y/o Fractura de Activos
Además de lo anterior, cubre la sustracción de bienes de propiedad (activos fijos, existencias, equipo de cómputo y/o dinero) indicados en la póliza.
Lucro Cesante
Indemniza la pérdida de utilidades brutas como consecuencia de la interrupción de las operaciones de la empresa por la ocurrencia de un evento asegurado en la póliza.
Deshonestidad, Desaparición, Destrucción
Esta póliza cubre los actos de deshonestidad de los trabajadores dentro de la empresa, siempre que los trabajadores sean identificados como tales.
Convenio I: Cobertura de Deshonestidad de Empleados
Cubre la pérdida de dinero, valores y otras propiedades que sufra el asegurado. Los trabajadores se agrupan en tres categorías diferentes dependiendo de la exposición al dinero que tengan.
Categoría A: alta exposición al dinero y/o valores (contadores, área de cobranzas)
Categoría B: mediana exposición al dinero y/o valores
Categoría C: muy baja exposición al dinero y/o valores (vigilantes)
Convenio II: Cobertura por pérdida dentro del Local
Cubre la pérdida de dinero y/o valores, proveniente de la desaparición o sustracción ilícita de los mismos, DENTRO del local del asegurado o dentro del local de un banco, mientras no estén bajo la custodia de éste.
Convenio III: Cobertura por pérdida fuera del Local
Cubre la pérdida de dinero y/o valores, proveniente de la desaparición o sustracción ilícita de los mismos, FUERA del local del asegurado mientras que sean transportados por un mensajero o por cualquier compañía de vehículos blindados de protección o por robo mientras el dinero se encuentre dentro de la vivienda habitual del mensajero.
Se cubrirá la pérdida de dinero en manos de cobradores o vendedores siempre y cuando se encuentre expresamente incluido dentro de la póliza.
Convenio IV: Cobertura contra falsificación de cheques de gerencia o de papel moneda
Por pérdida sufrida por la aceptación de buena fe a cambio de mercaderías o en pago por servicios prestados de cualquier cheque emitido o girado por un banco local.
Convenio V: Cobertura contra Falsificación de Documentos Bancarios
Pérdida sufrida por el asegurado o por cualquier banco que se incluye en la evidencia de la pérdida y en el cual el asegurado mantenga una cuenta corriente o una cuenta de ahorros a causa de la falsificación o alteración de cualquier cheque, giro, pagaré o letra de cambio de cualquier otra nota comercial.
Convenio VI: Cobertura contra Robo con fractura y/o asalto de bienes y mercaderías
Ampara todos los bienes de propiedad del asegurado, exceptuando dinero y/o valores, mientras estén dentro de los locales utilizados por el asegurado contra el riesgo de robo con fractura y/o asalto.
Responsabilidad Civil
Este seguro cubre, hasta el límite de la suma asegurada, la indemnización contra los daños personales y/o materiales causados por un accidente producido como resultado directo de las actividades o negocios a los que se dedica el asegurado, y por las cuales el asegurado sea civilmente responsable. (Ver artículos del código civil peruano de 1984, -1969 y/o 1970-)
A continuación describimos las principales cláusulas de este ramo. Existen muchas más específicas que van de acuerdo al giro del negocio.
Responsabilidad Civil Contractual:
Esta cobertura se extiende a cubrir la suma que el asegurado por motivo de haber asumido una responsabilidad por cualquier contrato o convenio sea obligado legalmente a pagar como indemnización por daños corporales a terceros y/o daños a la propiedad de los mismos.
Responsabilidad Civil Extracontractual:
Esta cobertura tiene un propósito eminentemente mercantil y se extiende a cubrir toda responsabilidad extracontractual en que pueda incurrir el asegurado frente a terceros, de acuerdo con los límites estipulados en el contrato, siempre y cuando el daño no provenga de los riesgos expresamente excluidos de la póliza en cuanto se encuentre vigente.
Responsabilidad Civil Patronal:
Cubre los reclamos que interpongan contra el asegurado cualquier miembro del personal del trabajo que figure en sus planillas, por lesiones personales sufridas como consecuencia directa e inmediata de los accidentes que ocurran en la explotación del negocio y que encontrándose amparados por la ley de Accidentes de Trabajo, pudieran motivar una reclamación adicional a las establecidas por la indicada Ley de Accidentes de Trabajo.
Responsabilidad Civil de Productos:
Cubre todos los reclamos que el asegurado tenga que pagar por Responsabilidad Civil Extracontractual como consecuencia de muerte, lesiones corporales o enfermedad de terceras personas y/o la pérdida o daño a la propiedad de las mismas por causa directa del uso o consumo, por tales terceros, de productos y/o mercaderías que sean fabricados, vendidos, reparados, acondicionados, modificados, manipulados, suministrados y distribuidos por el asegurado en la explotación normal de su negocio.
Responsabilidad Civil D&O:
Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus directores y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.
Responsabilidad Civil E&O:
Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus ejecutivos y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.
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